
30 de diciembre de 2024.
“El más oscuro rincón del infierno está reservado para aquellos
que conservan su neutralidad en tiempos de crisis moral.”
Dante Alighieri
No es lo mismo hablar del infierno que vivirlo. Italo Calvino, en su libro Las ciudades invisibles, dice que hay dos maneras de no sufrirlo. “La primera es fácil para muchos: aceptar el infierno y volverse parte de él hasta el punto de no verlo más. La segunda es peligrosa y exige atención y aprendizaje continuos: buscar y saber reconocer quién y qué, en medio del infierno, …”
Para ciudadanía indígena en la Huasteca desde hace tiempo se vive en el infierno, no sólo por las altas temperaturas que le caracterizan a la región por su clima tropical húmedo, sino porque los demonios andan sueltos y gozando de impunidad bajo el cobijo de diversas autoridades políticas.
La Huasteca es en realidad la sucursal del infierno, dividida en municipalidades cada quien con sus diablos. Los poderes fácticos permearon las estructuras de los partidos políticos y se institucionalizaron bajo el poder público, este es un secreto a voces. El artero crimen cometido contra un edil de Tancanhuitz el pasado 15 de diciembre, solo desnuda la podredumbre que viven prácticamente todos los municipios “democráticamente” elegidos. La autoridad estatal ha calificado el crimen como “…una riña entre particulares, entre misma gente de Cabildo…” dicha autoridad pidió “a la gente no politizar el tema, porque si bien son de un partido o de otro o de los que sean, no es un tema de partidos, es un tema de seguridad pública”. Podemos entender el intento político de minimizar el sangriento hecho en el que perdieron la vida 4 personas, pero el hecho no es otra cosa que la expresión de una crisis de legitimidad, gobernabilidad y de seguridad por lo siguiente:
1. La Huasteca Potosina es una región predominantemente indígena.
En el Estado de San Luis Potosí con base en el Censo de Población y Vivienda 2020 del INEGI, arrojó que existen 545, 491 personas que se auto identifican como indígenas, es decir el 20.3% de la población total, en otras palabras, uno de cada cinco potosinos se considera indígena.
La población indígena se asienta tradicionalmente en 23 municipios, en 18 de estos, la población indígena representan más del 50 % de la población total. En 13 de ellos la población indígena representa más del 70% de la población total, dichos municipios son: San Antonio (99.15 %), Tanlajas (97.44%), Coxcatlán (92.68%), Aquismón (92.41%), Huehuetlán (90.34%), Axtla de Terrazas (89.78%), Tancanhuitz (89.52%), Matlapa (89.18%), Tampamolon de Corona (87.13%), Tampacán (83.88%), San martín Chalchicuautla (82.28%), Tamazunchale (82.07%), Santa Catarina (79.75%). En la perspectiva estatal los indigenas son minorías, pero en la perspectiva regional de la Huasteca, éstos son la mayoría.
2. Falta de reconocimiento de los derechos político-electorales de la población indígena causa dificultades a la gobernabilidad.
La paradoja es que en estos municipios donde son mayoría las comunidades indígenas, comúnmente son gobernados por personas no indígenas y bajo un sistema electoral ajeno a sus sistemas normativos y formas de gobierno indígena reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Actualmente en los procesos electorales en regiones indígenas, se mantiene la figura del partido político en una sociedad indígena a la que le es incompatible dicha personalidad para elegir a un representante a un cargo popular. Esta figura no es correspondiente a la costumbre indígena (sistema normativo), tampoco contribuye a procurar composición pluricultural y multiétnica de la Nación que reconoce la Constitución.
3. Al usurpar la autoadscripción política de los pueblos y comunidades indígenas, ésta queda subrepresentada.
Comúnmente los partidos políticos postulan en los cargos municipales a personas que no son indígenas y disfrazan la participación indígena “incorporando” regidurías con personas indígenas, para lograr la supuesta “elegibilidad y legalidad”. Mientras, la autoridad electoral no es estricta en aplicar las acciones afirmativas indígenas para regular esta situación. Por otra parte, la dinámica de un partido político está basada en el individualismo, mientras que en los sistemas normativos de la comunidad indígena su motivación se basa en la unidad y en la búsqueda de beneficio común.
4. El sistema de partidos afecta la cohesión social de los pueblos y comunidades indígenas, al ser un modelo ajeno a su sistema normativo.
En nuestra región, el partido político es una figura externa a la vida de la comunidad indígena que impone operadores y candidatos sin consenso comunitario y mucho menos asambleario, es decir: es vertical de arriba hacia abajo; mientras en la comunidad no acepta la intermediación externa para elegir a sus representantes y sus mecanismos para designar autoridades son horizontales e incluyentes de todos los integrantes de la comunidad.
Los partidos políticos se dan el lujo de incumplir las leyes en materia electoral, mientras que las comunidades las acatan cuando tiene que asumirse una corresponsabilidad en la gobernabilidad. En los procesos electorales municipales las formas de elección y participación política indígena son invisibilizadas y subordinadas al sistema de partidos que lamentablemente fraccionan y conflictúan el consenso comunitario.
5. El sistema de partidos al estar en crisis, sólo reproduce un sistema socioeconómico y político que ha mantenido en un estado marginal y de exclusión sistemática a la población indígena.
Es así que, la población indígena que integra 520 comunidades, vive bajo un sistema de elección de sus autoridades que, mediante la figura de los partidos políticos se imponen pactos que a la postre van en detrimento de la población indígena que se mantiene en la pobreza o extrema pobreza.
De acuerdo a datos del Consejo Nacional de Evaluación (CONEVAL), en 2020, el 80.3% de la población indígena vive en situación de pobreza y ubica a la entidad en el lugar 6 a nivel nacional con mayor porcentaje de pobreza en este sector de la población. Asimismo, el 39.9% de la población de 3 años y más hablante de lengua indígena se encuentra en situación de pobreza extrema y el 40.3% en condición de pobreza moderada. Estos porcentajes están por encima de los que presenta la población no hablante de lengua indígena del Estado.
En cuanto a vulnerabilidad, el porcentaje de hablantes que presentan dicha condición es de 16.7%, el cual está por debajo del porcentaje correspondiente a los no hablantes de lengua indígena (36.4%). Asimismo, hay una mayor proporción de población hablante de lengua indígena que es vulnerable por carencia (15.7%) que aquellos que son vulnerables por ingreso (1.0%).
6. Los grupos de poder fácticos se han hecho del sistema electoral en la región, para hacerse de espacios territoriales, fracturando la integración municipal y generando violencia.
Un ejemplo de la conflictividad electoral y postelectoral en que quedan los municipios indígenas y de la poca legitimidad para gobernar es Tancanhuitz, municipio donde la presencia indígena es de 89.52 %, en el cual tenemos el siguiente escenario.
Tancanhuitz
En la pasada elección contendieron 10 nomenclaturas políticas: PAN, PRI, PAN-PRI-PRD FUERZA Y CORAZON POR SAN LUIS, PRD, PVEM, CP, MC, MORENA, NA SLP, PES-SLP. Estas propusieron a por lo menos a 100 personas en sus respectivas planillas para ocupar los diversos cargos de elección popular, como son la presidencia municipal, regidurías tanto de mayoría como relativas. Se dice que la elección ya era un conflicto entre las familias que se han hecho del poder político, social y económico en el municipio desde hace décadas.
La oferta política fue muy amplia y enconada. Incluso generándose diversas manifestaciones de violencia política a lo largo de la contienda, como fue la de la noche anterior al proceso electoral en el que los medios y los partidos e incluso el propio político hoy occiso, dieron cuenta en su oportunidad. Se denunció el ataque armado de un comando que secuestró y quemó vehículos en diversas comunidades tenek y náhuatl para intimidar a los electores, principalmente vinculados a Morena.
Pese a ello, el difunto ganó con un reducido número de votos, por lo que se convirtió el presidente municipal para el período 2024-2027.
El PRD impugnó el resultado y el Tribunal Electoral del Estado resolvió que se realizara un nuevo recuento, escrutinio y cómputo en la totalidad de los paquetes a razón de que el resultado podría verse modificado. Motivo por el cual fue revocada la constancia de mayoría otorgada al candidato de Morena.
El Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) en acatamiento a la resolución del Juicio de Nulidad Electoral promovido por el PRD en contra del “escrutinio y cómputo del proceso electoral local 2024 del municipio de Tancanhuitz”, con número TESLP/JNE/05/2024 emitida por el Tribunal Electoral del Estado, realizó un recuento total.
En el recuento los resultados finales fueron los siguientes: Coalición Fuerza y Corazón por San Luis, 3,146 votos; Partido MORENA, 3,477 votos con una diferencia de 331 votos se entregó a constancia de mayoría y validez al candidato de Morena, reafirmando su elección como Presidente Municipal para el periodo 2024-2027. Una vez que el Comité Municipal realizó el recuento, se avaló el triunfo del morenista. Fue así que el edil, ahora asesinado, asumió el cargo en octubre de este año.
Cabe destacar el siguiente razonamiento: de conformidad al PREP del 3 de junio 2024, el municipio tiene un listado nominal de 15,840 electores, del cual solo emitieron su voto 11,576 personas. Por lo tanto 4,264 personas se abstuvieron. El ganador obtuvo 3,477 votos que representan apenas el 21.9 % de padrón nominal, pero nos venden que fue el 30 % porque comparan los votos del ganador contra los votos emitidos, lo cual es una falacia si queremos valorar estructuralmente el modelo electivo.
Otro dato que abunda en esta valoración es el siguiente; los votos que no le favorecieron al ganador suman 8,099 que representan el 51.13 % del listado nominal. Al sumar los votos de la oposición y el abstencionismo, tenemos que el 78.04 % del padrón nominal, no comparte la plataforma política, ni las siglas del supuesto ganador.
Esta situación se repite en San Antonio y Tanlajás y es muy similar en el resto de municipios indígenas. El promedio con el que un candidato se puede hacer de un gobierno municipal en la Huasteca indígena, es con el 27. 17 % del padrón nominal.
Prosiguiendo con el caso Tancanhuitz, a pocos días de tomar posesión el edil, su director de la Policía Municipal imprudentemente declaró sobre la posible creación de guardias comunitarias en la zona rural, a lo que el gobernador del estado, rechazó la posibilidad de que se conformaran grupos de autodefensa en la Huasteca Potosina y señaló que serían las fuerzas de seguridad las que brindarán la seguridad. “No va a ser permitido, eso no le conviene a nadie, no se trata de ir a hacer protagonismo como se pretende en el municipio, porque es un protagonismo puro”, aseveró.
Razón por la cual el alcalde de Tancanhuitz había comparecido en las oficinas de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) en la capital, para dilucidar las declaraciones hechas por su personal. Al 15 de octubre del presente año, la situación se complicó. La Guardia Civil Estatal ingresó en las oficinas del municipio de Tancanhuitz y fueron cinco los policías municipales detenidos, además del director de la corporación, lo cual fue confirmado por el alcalde en turno. El secretario general de Gobierno y el edil calmaron los ánimos ante la mediación de la secretaria de Gobernación Federal.
En otro campo de contradicciones por el poder municipal, el martes 15 de diciembre el joven edil fue atacado a disparos. A la fecha se presume que el autor intelectual del crimen de 4 personas, incluyendo al edil; fue un expresidente que pertenece a una dinastía política enquistada en el poder desde hace décadas y que se ha turnado en el gobierno municipal e incluso en representaciones políticas de mayor envergadura. El caso continúa abierto.
7. Una opción posible si la voluntad política abre un espacio.
Tancanhuitz es solo es un eslabón de un tren que va directo a la colisión, más aún ante las crecientes disputas por el control político que se disputan distintas fuerzas que solo ven por sus intereses y no por la necesaria paz y la gobernabilidad que posibilite el desarrollo regional, municipal y comunitario.
El proceso electoral del 2027 ya está rigiendo el acontecer político de la región y del estado. En medio de esta turbulencia está la exigencia de las comunidades indígenas tenek y náhuatl de Tanlajás, Tancanhuitz y San Antonio, para poder elegir con base en sus sistemas normativos (usos y costumbres) a sus autoridades municipales y con ello poner fin a las distintas dinastías de poder que se han enquistado en los municipios. En realidad su inconformidad es contra esos grupos de poder que se han apropiado y monopolizado a las estructuras políticas denominadas partidos. Desde diciembre de 2020 las representaciones indígenas de estos tres municipios vienen exigiendo al CEEPAC, a los Tribunales Electorales y ahora al H. Congreso del Estado, el que se realice una consulta seria, amplia y respetuosa para poder definir su tránsito del sistema de partidos al sistema de usos y costumbres al cual constitucionalmente tiene derecho. Tal vez, esta sea en realidad una opción para dar solución a la inseguridad, a la gobernabilidad y lograr la paz anhelada. La consulta en ciernes a realizarse el próximo año 2025, sin duda podría ser denominada, la consulta por la unidad, la paz y el bienestar.
Resulta fundamental que la estructura de Gobierno en su conjunto, asuma las disposiciones legales y la convencionalidad, así como analice las ventajas que tiene la legitimidad y gobernabilidad indígena y comunitaria.
Cabe destacar algunas de las características de esta, como son:
a) Se respeta el mandato constitucional y la convencionalidad.
b) Se fortalece la gobernabilidad local y regional, dando una oportunidad a la paz y el bienestar.
c) El gobierno se obtiene bajo un consenso mayoritario y participativo, acrecentando la legitimidad y capacidad para gobernar bajo la unidad.
d) La gobernabilidad indígena se basa en el bien común, donde la individualidad se desarrolla en un contexto de unidad y consenso comunitario para poder existir, coexistir y sobrevivir.
e) En la gobernabilidad indígena los cargos son honoríficos y el conjunto del gobierno indígena está regulado por la asamblea comunitaria que los legitima.
f) Las responsabilidades de quien es elegido para fungir en un cargo popular están orientadas a servir al pueblo y no enriquecerse a su costa.
g) El ejercicio de los derechos está basado en la participación, en el cumplimiento de las responsabilidades y en el cumplimiento de los acuerdos comunes.
h) La representatividad política del pueblo la determinan las asambleas comunitarias, no depende de alguna entidad externa.
i) Se cuenta con la personalidad jurídica, pues la propia constitución local y ahora federal, nos reconoce a los pueblos y comunidades indígenas como sujetos de derecho público. (en SLP desde 2003).
No hay sociedad, ni modelos políticos perfectos, pero sí habría que apostar por los que surgen desde la identidad de los pueblos y sus comunidades indígena en donde éstas son mayoría. Habría que explorar el reconocimiento y el fortalecimiento de la representación y la gobernanza política en los municipios que son eminentemente indígenas y que tuviesen este estatus, para garantizar que estos municipios sean regidos por las mayorías realmente y no ficticiamente. Amén, de que su proceso electivo sea regido por sus propios sistemas normativos y no por el sistema de partidos.
También, se tendría que analizar la conveniencia de reconocer comunidades indígenas de gran tamaño y población como municipios, adecuando las leyes a esta exigencia para impulsar modelos de desarrollo basados en la identidad cultural. De igual forma, hay que generar una redistritación electoral, cuya geografía responda a las características y a la distribución de los pueblos Xi Ui, Náhuatl y Tenek.
Si realmente el gobierno estatal y sus poderes quieren atender a las exigencias de paz, desarrollo y de democratización de la vida cotidiana, es necesaria una visión del estado que impulse una reforma profunda que coloque en el centro los derechos político-electorales de la población indígena que es la más vulnerable y de la población que se equipara a esta.
Finalmente, es necesario resaltar lo que señala la TESIS XLII/2011 Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación . Que menciona lo siguiente:
De la interpretación sistemática de los artículos 1º, 2º, párrafo quinto, apartado A, fracción III, 41, 115, 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1º, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; 1º, del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; 5, incisos a) y b), 7, párrafo 1, 8, párrafo 2, del Convenio número 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes; 4, 5, 20 y 33 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas; “se advierte que los integrantes de las comunidades indígenas tienen derecho a elegir sus autoridades, en conformidad con sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales, en este sentido y a falta de desarrollo legislativo, la autoridad administrativa electoral debe realizar las consultas respectivas a la comunidad, para determinar si la mayoría de sus integrantes opta por celebrar elecciones por el sistema de usos y costumbres, cuyo resultado deberá someterse al Congreso del Estado, a fin de que emita el decreto que conforme a derecho corresponda”. Dichas consultas deben: a) surgir de la colectividad indígena y del consentimiento libre de sus integrantes; b) respetar los derechos humanos y aplicar el criterio de mayoría; c) ser democráticas y equitativas, a fin de que participe el mayor número de integrantes de la comunidad; d) responder a las necesidades identificadas por los propios pueblos; e) practicarse en forma pacífica; f) proporcionar en forma recíproca todos los datos y la información necesaria, entre la comunidad y la propia autoridad, para la realización, contenidos y resultados conforme a las prácticas tradicionales; y, g) las medidas adoptadas deben gestionarse por los mismos interesados.”
Sin duda alguna, el H. Congreso del Estado deberá ponerse a la altura de las circunstancias y abonar a la reconfiguración del sistema político que reconozca realidades como la diversidad cultural y política que vive el estado de San Luis Potosí. La Ley Electoral debe de ser la norma que cobije las distintas formas de postular, elegir y gobernar con base a un pluralismo jurídico y la interculturalidad dando paso a distintos modeles electivos basados en el consenso y la paz para gobernar y romper definitivamente con los modelos hegemónicos y anquilosados que sólo perpetúan la pobreza, la violencia y el mantenimiento de grupos de poder dañinos a la democracia a la que todas y todos aspiramos, aunque sea por diferentes senderos. La cuestión es decidir, si queremos vivir en el cielo o ir al infierno.
Juan Felipe Cisneros Sánchez.
Observatorio Indígena Mesoamericano.